4 de marzo de 2012

EMBARGO DE NÓMINA

¿Cómo calcular el embargo de una nómina?

En principio, la inembargabilidad del salario constituye un instrumento de protección frente a las acciones ejecutivas de naturaleza patrimonial desarrolladas por los acreedores del trabajador. Existen dos tipos de inembargabilidad:

            -inembargabilidad absoluta: con carácter general, el SMI es, en la cuantía vigente en cada momento inembargable frente a los acreedores ordinarios del trabajador.

            -inembargabilidad relativa: los salarios superiores al SMI podrán ser ejecutados conforme a las reglas establecidas en el art.592 y 607 de la LEC y son las siguientes:

Las retenciones de salarios, sueldos, pensiones, jornadas o retribuciones que sean superiores al SMI se efectúan de forma escalonada conforme a los porcentajes que se señalan en el cuadro adjunto y referidos a cantidades líquidas, cualquiera que sea la clase de deuda de que se trate:

Percepciones
Porcentajes Embargables
Hasta 1 SMI
-
De 1 a 2 SMI
30 %
De 2 a 3 SMI
50 %
De 3 a 4 SMI
60 %
De 4 a 5 SMI
75 %
Exceso 5 SMI
90 %

Si el ejecutado es beneficiario de más de una percepción, se acumularán todas ellas para deducir una sola vez la parte inembargable. Igualmente serán acumulables los salarios, sueldos y pensiones, retribuciones o equivalentes de los cónyuges cuando el régimen económico que les rija no sea el de separación de bienes y rentas de toda clase, circunstancia que habrán de acreditar al tribunal.

Ejemplo de aplicación de la escala resultante del artículo 607 LEC

Un trabajador efectuadas las deducciones de seguridad social e IRPF percibe un salario neto mensual de 1570 euros. Teniendo en cuenta que para el año 2012, la cuantía mensual del salario mínimo interprofesional está fijada en 641,40 euros/mes, según lo estipulado en el Real Decreto 1888/2011, de 30 de diciembre, el importe resultante a embargar en la nómina será el siguiente:


Percepciones
Porcentajes Embargables
Hasta 1 SMI    641,40 €
-
De 1 a 2 SMI   641,40 €
30 %    192,42 €
De 2 a 3 SMI   287,20 €
50 %    143,60 €
De 3 a 4 SMI
60 %
De 4 a 5 SMI
75 %
Exceso 5 SMI
90 %

Sueldo neto mensual 1.570 €                       Importe a embargar en nómina  336,02 €

1 comentario:

  1. como quedaría si teniendo el suelto neto mensual de 1570 hay una pensión de alimentos a favor de hijo/s por un valor de 350€ mes.

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